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El que busque refugio en uno de esos lugares llegará a la puerta de la ciudad y hará su declaración ante los ancianos de la ciudad. Entonces ellos le permitirán entrar y le darán un lugar para vivir. Si el pariente más cercano del muerto lo persigue, los ancianos de la ciudad no entregarán al refugiado, pues mató a su prójimo sin intención y no por tenerle odio. Pero el refugiado tendrá que quedarse en la ciudad hasta que se presente ante todo el pueblo para ser juzgado, y hasta que muera el sumo sacerdote que en aquel tiempo esté en funciones. Después podrá volver el refugiado al lugar de donde huyó, es decir, a su propia casa y ciudad.»

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